Facilidades para la contratación de extranjeros

Las principales modificaciones realizadas son las siguientes:

Creación del sistema virtual para la aprobación de contratos de trabajo de extranjeros

Con esta modificación ya no se realizará la presentación física para la aprobación del contrato de trabajo, sino que se realizará de manera virtual en un sistema que el Ministerio de Trabajo creará para tal fin.

Aprobación automática de los contratos de trabajo

Los contratos de trabajo de extranjeros se consideran aprobados desde su presentación virtual al Ministerio de Trabajo; es así que no se tendrá que esperar los cinco días con los que contaba la entidad para pronunciarse sobre los mismos. Esto sin perjuicio de que el Ministerio de Trabajo pueda realizar un control posterior.

Pérdida de calidad migratoria

En cualquier caso, que el extranjero pierda la calidad migratoria (visa de trabajo) se extingue automáticamente el contrato de trabajo.

Prórrogas y modificaciones del contrato de trabajo de extranjero

El procedimiento de aprobación de las prórrogas y modificaciones de los contratos de trabajo también se realizarán de manera virtual ante el Ministerio de Trabajo.

Extranjeros exceptuados del trámite de aprobación de contrato de trabajo

Los extranjeros que están exceptuados del trámite de aprobación de contrato de trabajo (inmigrantes, extranjero con cónyuge peruano, extranjero con convenio de doble nacionalidad, entre otros) no requieren realizar la presentación virtual de sus contratos de trabajo; sin embargo, el empleador tiene la obligación de conservar por el plazo de cinco años los documentos que acrediten que el trabajador se encuentra en alguno de los supuestos de excepción regulados, para la posterior fiscalización por parte de la SUNAFIL.

La exoneración de porcentajes limitativos

Aquellos extranjeros que estén exonerados de cumplir con los porcentajes limitativos (20% del número total de trabajadores y 30% del total de la planilla de remuneración) su contrato de trabajo también se realizará mediante aprobación virtual.

Competencia de Migraciones

Ni Migraciones ni ninguna autoridad administrativa puede exigir requisito adicional sobre la aprobación de contratos de trabajo de extranjeros.

Entrada en vigencia

Las modificaciones antes indicadas entran en vigencia a los treinta días calendario de su publicación (13 de setiembre de 2018) plazo dentro del cual el Ministerio de Trabajo realizará modificaciones a su TUPA y/o emitirá normas complementarias.

Por último, recomendamos tener presente lo aquí señalado para evitar dilataciones en la contratación de trabajadores extranjeros.


14/09/2018 03:25:54 PM |Por: Oscar Chuquillanqui

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