La SUNAT aprueba normas para acogerse a los Regímenes de sinceramiento y de facilidades de pago de deuda tributaria por aportaciones al ESSALUD

Mediante el Decreto de Urgencia Nº 037-2019 publicado el 26 de diciembre de 2019 se estableció el Régimen de Sinceramiento de la deuda tributaria por concepto de aportaciones al Seguro Social de Salud (RESICSSS) aplicable a los gobiernos regionales y gobiernos locales, así como el Régimen de Facilidades de pago de la deuda tributaria por concepto de aportaciones al Seguro Social de Salud (REFACSSS) aplicable a los empleadores del sector privado que tengan la condición de microempresa o pequeña empresa (MYPE).

De acuerdo con lo dispuesto en el citado Decreto de Urgencia, los RESICSSS y REFACSSS permiten el pago al contado o fraccionado de la deuda acogida, siendo que para efectos del acogimiento a estos se debe presentar -hasta el 29 de febrero de 2020- una solicitud a partir del 17 de febrero de 2020, fecha en la cual entró en vigencia la Resolución de Superintendencia N° 40-2020-SUNAT publicada el 14.02.2020 (la “Resolución”).

Mediante el Decreto Supremo Nº 032-2020-EF se aprobó el Reglamento de los RESICSSS y REFACSSS. En este se dispuso que la solicitud de acogimiento debe ser presentada en la forma y condiciones que establezca la SUNAT mediante Resolución de Superintendencia.

En la Resolución, la SUNAT aprobó el Formulario Virtual N° 1702 para el REFACSSS y el N° 1703 para el RESICSSS, los cuales se presentan vía el Sistema de Operaciones en Línea.  
 
Entre otros aspectos importantes, debe considerarse que presentada la solicitud de acogimiento al RESICSSS o al REFACSSS, se suspende la cobranza coactiva respecto de la deuda materia de la solicitud de acogimiento desde el mismo día de su presentación hasta la fecha en que se resuelva dicha solicitud o se acepte su desistimiento. 

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Este documento contiene un resumen de las principales implicancias derivadas de las normas publicadas. No constituye recomendación o análisis legal de las disposiciones antes mencionadas.


26/02/2020 09:08:01 AM |Por: Laura Pichihua

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