INDECOPI modifica procedimiento en materia de protección al consumidor

El 23 de marzo de 2019 se publicó la Directiva N° 001-2019/DIR-COD-INDECOPI, mediante la cual se modificó el procedimiento en materia de protección al consumidor en los siguientes términos:

  • Se otorgó competencia al Órgano Resolutivo de Procedimientos Sumarísimos para supuestos de demora en la entrega del producto, incumplimiento de medida correctiva a petición del beneficiario e incumplimiento de medida cautelar.
  • Se estableció que, en caso el proveedor no acredite el cumplimiento de medidas correctivas y/o el pago de las costas y costas ordenados por la autoridad, esta actuará de oficio e impondrá al proveedor denunciado, una multa coercitiva por dicho incumplimiento.
  • Se reconoció la aplicación de la figura del allanamiento y reconocimiento para procedimientos iniciados de parte o a iniciativa de la autoridad.
  • Se dispuso que, si el proveedor se allana o reconoce las imputaciones formuladas en su contra, corresponde declarar la conclusión del procedimiento, así como sancionar al denunciado y ordenar las medidas correctivas y la devolución de costas y costos que correspondan. 
  • Se precisó que, si el allanamiento o el reconocimiento se presentan con los descargos, se podrá imponer una amonestación al proveedor denunciado y se le exonerará de los costos del procedimiento. Caso contrario, se le impondrá una multa y no podrá gozar de dicha exoneración.
La Directiva N° 001-2019/DIR-COD-INDECOPI entró en vigencia el 24 de marzo de 2019.

28/03/2019 09:04:27 AM |Por: Jessica Hondermann

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