Se aprueba el Reglamento de la Ley de Hipoteca Inversa

La Hipoteca Inversa es una estructura jurídica que permite a las personas que sean propietarias de un bien inmueble dar el mismo, valga la redundancia, en hipoteca a ciertas entidades autorizadas por Ley, con el beneficio de que ésta solo podrá ser ejecutada cuando al momento del fallecimiento del titular o de los beneficiarios de la hipoteca. La ventaja de esta figura es que permite que se constituya en favor de los beneficiarios una renta vitalicia que les permitiría cubrir sus necesidades en adelante y hasta el momento de su fallecimiento, luego del cual la Entidad Autorizada podrá ejecutar la mencionada garantía. 

La aprobación de este reglamento permitirá que se tenga una mejor comprensión de la forma en la cual se deberá llevar a cabo la mencionada operación, así como regula una forma en la que los herederos o legatarios de los beneficiarios podrán cancelar el monto de la hipoteca con la finalidad de levantarla y que la misma no sea adjudicada a la Entidad Autorizada, permitiéndoles conservar la propiedad sobre el inmueble. Asimismo, se regula la potestad de poder volver a tasar el inmueble en caso se vaya a realizar la adjudicación o venta del mismo para que al momento de realizarse la operación el precio no perjudique a los beneficiarios o sus herederos.


07/08/2019 09:31:51 AM |Por: Piero Aguado

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