Precisan criterios para ser calificado como Director Independiente

El 27 de febrero de 2020, se ha publicado la Resolución SMV Nº 003-2020-SMV/01 que tiene como propósito precisar uno de los criterios establecidos por Superintendencia del Mercado de Valores (la “SMV”) para calificar a los Directores Independientes. 

Al respecto, recordemos que la SMV tiene por finalidad velar por la protección de los inversionistas, la e?ciencia y transparencia de los mercados bajo su supervisión, la correcta formación de los precios y la difusión de toda la información necesaria para tales propósitos. 

En ese contexto, mediante Resolución SMV N° 016-2019-SMV/01, se aprobaron los “Lineamientos para la Calificación de Directores Independientes” (los “Lineamientos”), los cuales buscan que las sociedades emisoras con algún valor inscrito en el Registro Público del Mercado de Valores utilicen criterios únicos en caso de que revelen al mercado que cuentan con Directores Independientes; siendo los Lineamientos, para dichas sociedades, criterios de observancia obligatoria.

El numeral 2.6 del inciso 2 del punto VII. de los Lineamientos, establece lo siguiente:
“Que, para considerar que un Director califica como Director Independiente, debe cumplir, entre otras, con la siguiente condición: 2.6. No ser Director o miembro de la Alta Gerencia de otra empresa, en la que algún Director o miembro de la Alta Gerencia de la sociedad sea parte del Directorio, salvo que este último sea Director independiente de la sociedad”.

En aplicación de lo señalado en el referido numeral 2.6, de manera previa a la designación de una persona (candidato) como Director Independiente, debe verificarse si algún Director o miembro de la Alta Gerencia de la sociedad emisora, en la que va a ser designado como Director Independiente, participa además como Director en la empresa en la que la persona a ser designada (como Director Independiente), se desempeña como Director o miembro de la Alta Gerencia; y, de presentarse tal circunstancia, el candidato quedaría impedido de ser designado como Director Independiente en la sociedad emisora, salvo que el Director que participa en la empresa en la que el candidato se desempeña, tenga la calidad de Director Independiente en la sociedad emisora.

La SMV reconoce que las sociedades emisoras se encuentran en un proceso de adecuación a los Lineamientos; por lo que, considera necesario precisar el alcance del numeral 2.6 antes mencionado. En esa línea, señala que en el caso de presentarse la coincidencia de personas que señala el criterio en el numeral 2.6 y la persona que será designada como Director Independiente, tenga la condición de Director Independiente en la otra empresa, de tratarse de empresas que integren un mismo grupo económico, no les será aplicable dicha restricción.

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Base Normativa: Resolución SMV N° 016-2019-SMV/01

Este documento contiene un resumen de las principales implicancias derivadas de las normas publicadas. No constituye recomendación o análisis legal de las disposiciones antes mencionadas.


28/02/2020 01:14:11 PM |Por: Yanira Becerra

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