Ley de Desalojo Notarial Express
Con la nueva Ley de Desalojo Notarial Express – Ley N° 30933, publicada el 24 de abril de 2019 – sólo procederán las siguientes causales para el desalojo notarial:
• El vencimiento del plazo del contrato de arrendamiento; o
• El incumplimiento del pago de la renta convenida.
Recuerda que para acreditar el pago de la renta, solo se considerará la constancia de transferencia o depósitos realizados a la cuenta de abono acordada en el contrato.
El arrendatario sólo podrá evitar el desalojo notarial cuando: (i) el contrato de arrendamiento se haya renovado o acreditando la transferencia o depósito de la renta, según corresponda, o (ii) se hayan incumplido las formalidades exigidas para la ejecución del desalojo notarial express.
30/04/2019 09:55:17 AM |Por: Diego Córdova