El Ministerio de Justicia publica Guía Práctica para la observancia del Deber De Informar
El 07 de noviembre de 2019, la Dirección General de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (en adelante, el "MINJUS") publicó la Guía práctica para la observancia del “Deber de Informar” (en adelante, la “Guía”).
La Guía busca orientar a los responsables del tratamiento de datos personales sobre el cumplimiento al deber de información establecido en el artículo 18° de la Ley N° 29733 – Ley de Protección de Datos Personales (en adelante, “LPDP”)
A continuación, presentamos los aspectos más relevantes de la Guía:
- Las empresas deben informar a los titulares de los datos personales, los aspectos más relevantes del tratamiento de su información.
- La obligación de informar debe adaptarse a los medios empleados para recopilar los datos personales. Puede utilizarse una “cláusula informativa” en formularios físicos y una “política de privacidad” en formularios virtuales.
- Si la información se expone a través de un cartel, este debe encontrarse en un lugar visible. De no ser posible, debe implementarse un mecanismo que permita acceder a la información restante por otro medio.
- La información debe trasmitirse de manera detallada, sencilla, expresa, inequívoca y previa a su recopilación. La empresa debe tomar en cuenta el perfil del interesado, a efectos de emplear un lenguaje apropiado.
- De existir más de un uso específico para los datos recopilados, la empresa deberá enumerar las finalidades para las que serán utilizados, distinguirlas (entre principales y secundarias), y agruparlas por categorías.
- Al recopilar los datos personales, deberá evitarse el uso de casillas pre–marcadas, el uso de textos engañosos, citas legales, frases genéricas o inexactas y el condicionamiento del servicio para la autorización de finalidades secundarias (comunicaciones publicitarias).
14/11/2019 09:39:30 AM |Por: Jessica Hondermann